Todo indica que habrá dos plebiscitos para votar en octubre. Actualmente se encuentra ya aprobado el plebiscito que busca habilitar los allanamientos nocturnos, y para lograrlo el Partido Nacional (PN) consiguió que más de 52 legisladores firmaran con la intención de volver a discutir este tema vinculado a la seguridad. El segundo es la propuesta del PIT-CNT que impulsa una reforma de la Ley de Seguridad Social. Para reformar la Constitución se propusieron recolectar un mínimo de 270 mil firmas: consiguieron 430 mil. Esta iniciativa aún se encuentra en proceso de aprobación en la Corte Electoral (CE) mientras se realiza la verificación de firmas.

Estos son los dos únicos plebiscitos que se podrán encontrar en el mes de octubre, ya que en el artículo 331 de la Constitución dice que tienen que ser presentadas al Parlamento por lo menos seis meses antes de la fecha de las elecciones y ese plazo ya venció”, comentó Pablo Klappenbach, Ministro de la CE, a Sala de Redacción.

No llegaron a presentarse en esta instancia las propuestas vinculadas a los concursos para ingresar al Estado o la iniciativa por la “deuda justa” y contra la usura de Cabildo abierto, por no llegar a la cantidad de firmas.  

¿Qué es un plebiscito y cómo funciona en Uruguay? El método del plebiscito se toma como una forma de consulta popular directa al pueblo sobre una propuesta de tema político o legal de especial importancia para el país. Se vota, a través de una papeleta, por el SÍ o NO hacia la propuesta presentada.

El concepto de plebiscito suele confundirse con el de referéndum. Si bien tienen semejanzas -en ambas se decide sobre una norma jurídica, se realizan a través del sufragio y son consultas populares-, no son lo mismo. Con el plebiscito lo que se hace es una votación para decidir si se aprueba o no un proyecto de reforma constitucional, mientras que el referéndum se utiliza para mantener una ley tal como está o derogarla, pero no puede modificarla.

La presentación de los plebiscitos ante la Corte Electoral

Como es de público conocimiento, estos plebiscitos deben de cumplir con cierta exigencia para su aprobación. Lo más importante de todo es la cantidad de firmas que se obtengan por parte de los ciudadanos. El mínimo de firmas que se debe de presentar para promover un plebiscito hasta el día de hoy,es el 10% del total de habilitados, que este año fue equivalente a 276.151 firmas (el total de habilitados en todo el país hoy es de 2.761.513).

Si bien se puede llegar con cierta “comodidad” a ese número de firmas, se debe de tener en cuenta que cada una de ellas se somete a una verificación que confirma su validez. Por esta razón, en muchas ocasiones quienes presentan estas propuestas buscan superar ampliamente la cifra mínima y así tener un margen en caso de que se anulen muchas de ellas.

La fecha límite para presentarse ante la CE venció el pasado 27 abril: las firmas para habilitar estos plebiscitos fueron expuestas ante la Corte y actualmente se encuentran en el proceso de verificación.

Luego de pasar esa fase, de aprobarse el plebiscito se presentará en las mesas de votación donde el pueblo decidirá si dar el SI o el NO a la propuesta. La fecha de la votación es elegida por la CE. “Para que la propuesta sea oficializada (prospere) tiene que superar el 50% de los votos emitidos en las elecciones. Es decir, en los plebiscitos hay una hoja por él SI, y ese Si tiene que superar la mitad más uno de los votos (50%+1)”, explicó Klappenbach.

Por qué se anulan firmas

Cuando una reforma está en la fase de verificación de firmas, la CE realiza un informe diario donde se puede apreciar la cantidad de rúbricas que se analizaron en el correr del día, de forma tal de otorgar un proceso transparente y de constante actualización. Actualmente, el único plebiscito que se encuentra en esta etapa es el de la Seguridad Social, y hasta el momento cuenta con 240.208 firmas aprobadas según el informe de la CE. 

“Hay 20 parejas de funcionarios en las tareas que se hacen en la Corte. En este caso, las parejas son de distinta afiliación partidaria, cotejan las firmas de la adhesión con las de nuestros archivos y ahí deciden si es la misma o no. O puede haber rechazos”, explicó Klappenbach sobre el proceso. Las firmas pueden anularse por las siguientes razones: falta de firma, la firma no coincide, cancelados, excluidos, menores, inhabilitados, no se encontró en padrón, múltiple firma y por datos incompletos.

En pocas palabras, los plebiscitos son una herramienta fundamental para la democracia uruguaya. Permiten que los ciudadanos participen activamente en la toma de decisiones sobre el rumbo del país. Al emitir su voto, el pueblo uruguayo ejerce su soberanía y tiene la última palabra en temas de gran relevancia nacional.

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