Movilización por el Día Internacional del Detenido Desaparecido, Plaza Libertad, Agosto de 2012. Foto: Rebelarte.

El diputado de Unidad Popular (UP), Eduardo Rubio, presentó un proyecto de ley que pretende anular la ley 15.848 de funcionarios militares y policiales, conocida como la “Ley de caducidad”, de la pretensión punitiva del Estado.
La ley, más conocida como “leyy de impunidad”, se intentó derogar mediante referéndum en 1989, y veinte años después a través de un plebiscito; en ambos casos la ciudadanía optó por mantener la vigencia de la norma. En 2011 el Frente Amplio intentó anular la ley en el Parlamento, pero no se llegó a los votos necesarios en aquella instancia.
UP deseaba que el proyecto fuera ingresado a la Comisión de Derechos Humanos, pero finalmente fue derivado ala Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración. El diputado Rubio indicó que lo que se busca es reforzar la conciencia social y poner el tema en la agenda pública, para así recomponer la vida democrática.
El proyecto aspira a sustituir el artículo primero de la ley de pretensión punitiva del estado 18.831, que quedaría redactado de la siguiente forma: “Anúlense y declárense inexistentes los artículos 1,2,3 y 4 de la ley 15.848, sobre la caducidad de la pretensión punitiva del Estado de 22 de diciembre de 1986”. El proyecto también pretende que no se tengan por pronunciadas las resoluciones del Poder Ejecutivo que hayan incluido casos en la aplicación de la ley 15.848, y que el Poder Judicial actúe de oficio en el trámite de causas que fueren alcanzadas por las disposiciones anuladas, como si ésta nunca hubiera existido. También, que los delitos que fueron cometidos entre junio de 1968 y marzo de 1985, sean declarados crímenes de lesa humanidad y por lo tanto , que no prescriben, de acuerdo a la convención de imprescriptibilidad de crímenes de guerra y de lesa humanidad de noviembre de 1968 y demás tratados internacionales.
Pablo Hernández, asesor jurídico de UP, explicó a SdR la diferencia entre anular y derogar una ley. “La anulación de una ley tiene la consecuencia de que el efecto es retroactivo hasta la fecha en que fue promulgada y entró en vigencia; la derogación tiene efectos hacia el futuro, no hacia el pasado”. La diferencia sustancial se encuentra en los efectos.
Anular una ley mediante otra es posible si se hace expresa en el texto. Si una ley es anulada, se reputa inexistente, y los efectos de la nulidad necesariamente se retrotraen al pasado.
Gustavo López, ex candidato a Vice-Presidente y a Intendente por UP, expresó a SdR que “la ley de caducidad es una vergüenza, tanto a nivel nacional como internacional. (Su anulación) es una deuda que el país tiene con la sociedad”.
Por su parte, Gonzalo Abella, ex candidato a la presidencia, señaló: “El proyecto se basa en el espíritu artiguista de las instrucciones del año 13, el cual establece la separación de poderes como garantía de la democracia. La ley de caducidad supone la violación flagrante del ese espíritu, y nos ha hecho la vergüenza del mundo. Establece que se puede juzgar a unos ciudadanos y a otros no. Esa ley es un golpe de estado técnico; sin dudas la separación de poderes acá no existe”. Remarcó que el Frente Amplio, al tener mayoría parlamentaria y no anular la ley, es cómplice de los crímenes de lesa humanidad. “Existe un divorcio total entre una cúpula usurpadora y una base honesta y dolida. Pensamos que los movimientos sociales y organizaciones sociales, deben interpelar a los parlamentarios para que se pronuncien para un lado o para el otro. La ley 18.831 fue una curita a una enfermedad grave. Con este proyyecto de  ley todo podría ser investigable de nuevo”, concluyó.
Desde UP se señaló que se espera que la comisión “no duerma el proyecto en los cajones”. El diputado nacionalista José Carlos Cardoso se expresó contrario a votar el proyecto una vez que sea ingresado.
Federico Correa
 

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