Gerardo Castellini en televisión difundiendo su denuncia. Se criticó la exposición pública que se hizo de su hijo menor. Foto: Telemundo

La aparición en televisión de Gustavo Castellini con su hijo denunciando que el Ministerio de Desarrollo Social (MIDES) le negó el ingreso a un refugio generó varias denuncias cruzadas entre ambas partes.
La polémica se instaló el pasado 30 de marzo cuando el hombre, que había llegado hacía algunos días a Montevideo desde Salto, apareció en Teledoce, explicando que ya había asistido a Puerta de Entrada -donde el MIDES recibe a quienes necesitan refugio- solicitando asistencia para evitar pernoctar en la calle con su hijo de 10 años, y que no recibió solución alguna.
Este caso estuvo en la agenda mediática durante varios días pero parece haber quedado atrás la discusión sobre la omisión -o no- del MIDES y la colaboración del sindicato de la bebida al brindarle alojamiento al denunciante y a su hijo, para tomar lugar las presuntas violaciones de derechos personales del niño y de Castellini.

El niño podría verse perjudicado por la difusión que su padre hizo de su imagen en los diferentes medios de prensa, lo que atentaría contra lo dispuesto en el artículo 11 del Código de la Niñez y Adolescencia, que establece que: “Todo niño y adolescente tiene derecho a que se respete la privacidad de su vida. Tiene derecho a que no se utilice su imagen en forma lesiva, ni se publique ninguna información que lo perjudique y pueda dar lugar a la individualización de su persona”.
Por otro lado, se filtraron los antecedentes penales de Castellini que, aparentemente, habían sido proporcionados a la prensa por funcionarios gubernamentales del Ministerio del Interior, lo que configuraría un delito según lo establecido en el artículo 302 del Código Penal, que indica que “el que, sin justa causa, revelare secretos que hubieran llegado a su conocimiento, en virtud de su profesión, empleo o comisión, será castigado, cuando el hecho causare perjuicio”.
Fuentes del MIDES comentaron a SdR que incomodó el abordaje que hicieron algunos medios de comunicación sobre el asunto, dadas las repercusiones que tuvieron en la opinión pública.
En contacto con la Unidad de Comunicación del MIDES, se pudo detallar cómo funciona el ingreso de las personas a los refugios y cuáles son los datos que deben dar: “se solicitan los documentos de identidad y un equipo integrado por distintos profesionales analiza el contexto familiar buscando la mejor alternativa para el caso concreto”. Aclararon además que no tienen forma de acceder a los antecedentes penales de ningún solicitante, solamente se piden los datos personales básicos. Sobre el caso en cuestión, la Unidad de Comunicación no brindó información ya que el Ministerio se negó a seguir declarando sobre el asunto.
Por su parte, el abogado penalista Andrés Ojeda dijo a SDR que en el caso de Castellini “se vulneraron derechos personales”.El caso está en un gris”, pero “para apelar a responsabilidades penales hay que tener más información”, comentó Ojeda a El Observador.
Sin embargo aclaró a SDR que de confirmarse la filtración, se estaría incumpliendo con la normativa penal: “si el Ministerio encuentra a alguien que dio información a la prensa, de algo interno de ahí y que perjudica a alguien, estaría obligado a hacer la denuncia penal”. Alegó que: “se pudo haber cometido un delito y el Estado ni siquiera lo está investigando”.
Cuando se le comentó que la Junta de Transparencia y Ética Pública (Jutep) adelantó que no actuaría al respecto, el penalista manifestó que la misma “no tiene la verdad revelada” y que “si hay un delito tienen que juzgar los jueces penales, no la Jutep”.
Además comparó lo sucedido con el “caso del colono”, en el que el Estado difundió información de sus deudas luego de cuestionar al presidente de la República, argumentando que si bien se trataba de información pública, se usó para perjudicar y, en consecuencia, desviar el foco de atención. Teniendo en cuenta que esta conducta se repitió pero con mayor gravedad -al tratarse de datos confidenciales- Ojeda dijo a SdR que debería condenarse, para que no sigan ocurriendo este tipo de casos. Tiene que saberse que hay consecuencias”. Por último consideró que “quien se presenta a solicitar refugio es vulnerable y cuando se da a conocer su pasado delictivo lo vulnera aún más”.
Federica Carámbula / Facundo Gianero

FacebookTwitter