EL OTRO COSTADO DE LA DESPENALIZACIÓN

 

Campaña de la coordinadora Aborto Legal en Uruguay

Una porción significativa de los 33.000 abortos que se provocan anualmente en el país son legales –están eximidos de las penas- y son realizados en los centros de asistencia por personal médico que no está obligado a solicitar autorización judicial. La cifra de tales abortos podría ser aun mucho mayor –reduciendo los riesgos de la manipulación privada del misoprostol- si las instituciones aplicasen las pautas establecidas por la Facultad de Medicina, el Sindicato Médico del Uruguay y la Asociación de Ginecotología, y si los médicos y pacientes estuvieran cabalmente informados de los derechos que asisten a las mujeres que desean interrumpir el embarazo por angustia económica, por malformaciones del feto o porque fueron víctimas de violación.
La ley de 2008 sobre derecho a la salud sexual y reproductiva (y el correspondiente veto del presidente Tabaré Vázquez al capítulo sobre despenalización) instaló una situación particularmente ambigua y en gran medida hipócrita: las mujeres tienen derecho a ser informadas y aconsejadas sobre la forma de proceder al aborto, y a ser asistidas después; pero es la propia mujer la que debe obtener el medicamente abortivo en el mercado negro y suministrárselo sin asistencia médica. Esta práctica –que  no obstante redujo sustancialmente las muertes por aborto- se aplica cabalmente en las instituciones estatales y fundamentalmente en el hospital Pereyra Rossell, pero en el ámbito privado su vigencia varía significativamente según la mutualista.
En cambio, la posibilidad de realizar abortos legales –es decir, sin subterfugios, con asistencia plena, pre y post intervención médica- permanece en un cono de sombra: algunas de las situaciones excepcionales, como el eximente del apremio económico, no está “operativo” porque no existe una reglamentación que lo defina; de la misma forma que muchos médicos, ignorando el alcance del secreto profesional y el derecho de confidencialidad del paciente, se supeditan a las decisiones de la justicia que, según afirma vehementemente el catedrático de Medicina Legal, Hugo Rodríguez, no debería intervenir.
El  ministerio de Salud Pública no tiene estadísticas sobre los abortos legales, y al parecer tampoco lleva registros; altos funcionarios del ministerio se contradicen sobre las oficinas que deberían manejar la información. Sin embargo, diversos testimonios recogidos por Sala de Redacción coinciden en que los médicos realizan abortos legales y, en los casos de violación, son simplemente comunicados al ministerio, resguardando la identidad de la paciente. La Dirección General de Salud (DIGESA) informó a SdR, a partir de un pedido formal de acceso a la información, solamente la cantidad de abortos legales terapéuticos, pero ni siquiera en ese caso discriminó según centros de salud, públicos o privados.
Aunque no fue posible obtener cifras concretas, un porcentaje relevante de los abortos legales están referidos a embarazos por violación, en particular niñas y adolescentes víctimas de violencia doméstica y prácticas incestuosas. Tales violaciones no son habitualmente denunciadas, pero llegan a conocimiento de los médicos cuando se realizan las consultas pertinentes. Se deduce, por tanto, que el número de violaciones es significativamente superior al formalmente registrado.
La potestad de los médicos de realizar abortos legales es frecuentemente ignorada, de la misma forma que las instituciones privadas, aun en el caso de que realicen efectivamente el asesoramiento que manda la ley, son renuentes a convalidar iniciativas, más cuando ciertas situaciones no están claramente definidas y a la vez no existen orientaciones de las autoridades sanitarias.
Las crónicas que integran este informe de Joaquina Sanguinetti, Karen Parentelli y Carolina Deveras, tuvieron como disparador la información sobre una decisión judicial argentina, aparentemente excepcional, autorizando el aborto en un caso de violación, y que fuera profusamente amplificado en Uruguay. La intención de establecer los antecedentes judiciales uruguayos en casos similares permitió incursionar en el universo soterrado de los abortos legales, con sus luces y sombras, cuya realidad no admitida hace aun más urgente la necesidad de despenalizar el aborto y consagrar el derecho de la mujer a decidir sobre su cuerpo.

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