Para lograr la conservación y el uso sostenible de la diversidad biológica, Uruguay cuenta con 16 áreas protegidas, que tienen una extensión de 310.000 hectáreas. Los artículos 475 y 476 del proyecto de Ley de Urgente Consideración (LUC) aprobado el fin de semana por la Cámara de Senadores plantean cambios en la normativa sobre estas tierras, concretamente en los artículos 5 y 6 de la Ley 17.234. Esta Ley, que regula el Sistema de Áreas Naturales Protegidas, fue publicada en el año 2000 y se le hicieron cambios en 2005, cuando también fue reglamentada.

La redacción que la LUC da al artículo 5 de esa norma plantea que la custodia y el manejo de las áreas naturales protegidas y los monumentos históricos, actualmente bajo la responsabilidad del Ministerio de Defensa, “permanecerán en su órbita manteniéndose una relación de coordinación e interacción con el Ministerio de Ambiente”, también creado por al LUC.

Por su parte, cuando la LUC se apruebe, el artículo 6 de la ley 17.234 mantiene la potestad del Poder Ejecutivo para la expropiación de terrenos de áreas consideradas protegidas, pero elimina del texto que la expropiación pueda hacerse cuando los propietarios de las tierras no estén de acuerdo con la medida. Además, incluye la promoción por parte del Poder Ejecutivo de un fondo para cada área protegida, destinado a “inversiones en la zona”, financiado con recursos del presupuesto nacional y los presupuestos de las intendencias.

En conversación con Sala de Redacción, Ramiro Pereira, presidente de la Asociación de Guardaparques, afirmó que los cambios propuestos modifican la autonomía del Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP), ya que la conformación o nueva delimitación de un área protegida quedará “supeditada a la autorización de los propietarios” del predio. Según explicó Pereira, ello deriva en que la una única vía para generarla sea la expropiación, un tipo de proceso difícil de implementar en Uruguay.
Para ejemplificarlo mencionó el ejemplo de Cabo Polonio, que en 1966 inició su proceso para que esos terrenos fueran expropiados, pero ello no se concretó, por lo que los propietarios nunca entregaron los terrenos. En definitiva, el área comprendida por Cabo Polonio no está ingresada al SNAP.

El 29 de mayo se realizó una jornada académica virtual organizada por la Red Temática del Medio Ambiente de Universidad de la República, en la que Pereira reafirmó que la política ambiental debe ser una política de Estado “para asegurar su continuidad y durabilidad”. A su vez, consideró que la política ambiental no debe ser tratada en una ley de urgencia, ya que debe ser tratada con la debida cautela y tiempo que requiera para que los resultados sean óptimos.

FacebookTwitter