Desde su ingreso a la Cámara de Senadores, la Ley de Urgente Consideración (LUC) ha generado posiciones divididas y llamados de atención desde organismos tanto nacionales como internacionales. Los colectivos sociales uruguayos no se mantuvieron al margen, y han manifestado una firme postura en contra de esta ley, sobre todo respecto al capítulo de seguridad; se la ha catalogado como una ley que refuerza el paradigma de seguridad pública.

El Servicio Paz y Justicia (Serpaj) elaboró un documento que rechaza categóricamente a la LUC. En lo que respecta al capítulo de seguridad, Tamara Samudio, integrante de la organización, dijo a Sala de Redacción que observan un “marco normativo con un enfoque netamente represivo, punitivo, reproductor de desigualdades, no sólo económicas sino también en el acceso a la justicia”, y añadió que “se observa el avance de un Estado policial, con un reforzamiento de la autoridad policial excesivo, con una inflación penal extrema”.

Por otro lado, el Grupo de Militantes Investigadores de Seguridad (GMIS) y Colectivo Catalejo publicaron un documento con un enfoque similar al de Serpaj. Federico Del Castillo, integrante del grupo que está compuesto por profesionales del área social, comentó que se comenzaron a reunir en febrero para redactar este documento, que “parte de un diagnóstico que nosotros hacíamos sobre el sistema penal y que nos motivó a analizar la LUC, para enmarcarla en una tendencia que viene manifestándose de forma continua desde hace varias décadas”. Además, agregó que “tenemos un sistema penal que al igual que en otros países está conformado por la Policía, el Poder Judicial, las cárceles y algunos otros organismos subsidiarios, que han enfatizado en prácticas y lógicas punitivistas, una suerte de coacción al alza”, enfatizó.

En otro orden, la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (INDDHH) presentó su postura respecto a este capítulo de la LUC en la Comisión Especial de la Cámara de Senadores, y lo mismo hará en la Comisión Especial de la Cámara de Representantes. Para la INDDHH, “el espíritu y la letra de la LUC disminuye considerablemente los controles sobre la actuación policial”, consideró en diálogo con SdR Juan Faroppa, director de dicha institución.

Ventanas rotas

El Consejo Directivo Central (CDC) de la Universidad de la República conformó una comisión que tuvo como principal objetivo el análisis del capítulo de Seguridad Pública de la LUC para generar insumos para el debate. Este documento parte de la premisa de que la LUC se inspira en el paradigma de seguridad pública, que parte de la idea de que el delito es producto del desorden social. Desde el punto de vista de las teorías criminológicas, esta hipótesis toma “la teoría de las ventanas rotas”, que hace referencia a que “una ventana rota en un edificio es una invitación al vandalismo, una muestra de desorden social es una invitación al delito”, por lo que para evitar el delito, la actuación de la Policía debe enfocarse en mantener el orden público.

El rol de la Policía que plantea la LUC es uno de los aspectos más polémicos del proyecto; las modificaciones en la Ley de Procedimiento Policial (LPP) que apuntan a una mayor libertad de acción del brazo coactivo del Estado han generado un intenso debate en varios sectores de la sociedad uruguaya.

La INDDHH plantea que la Policía no se caracteriza por violar los derechos humanos, y que los casos de abuso policial, según Faroppa, provienen de problemas de capacitación del funcionario policial: “muchas veces la exigencia del sistema político frente a reclamos de determinados sectores de la sociedad de que haya más policías, implica que los funcionarios salgan a la calle con una formación que no es adecuada en cuanto a su tiempo, a su profundidad y al conocimiento de las normas”, explicó el director de la INDDHH.

En cuanto a las denuncias recibidas por esta institución, Faroppa manifestó que la INDDHH funciona desde junio de 2012; hasta la fecha, la mayor cantidad de denuncias recibidas durante todos estos años “han sido vinculadas a malos procedimientos por parte de funcionarios policiales”.

Desde Serpaj, Samudio comentó que han venido denunciando que “la actual LPP tiene marcos normativos que habilitan la discrecionalidad de la Policía, y que no es clara acerca de cómo se debe utilizar la fuerza”. Samudio agregó que “en el proyecto de la LUC se habilita un marco de discrecionalidad, que implica que si nos resistimos a identificarnos, la Policía tiene derecho a llevarnos”, enfatizó.

Mientras tanto, Del Castillo expresó que “la ley deja a criterio de la Policía cuándo usar la fuerza y cuándo no, y no establece suficientes controles a la actividad policial”. Además, “existe un discurso en general que banaliza el uso de la fuerza, y en realidad es una responsabilidad que le confiamos a la Policía, por lo tanto es un asunto extremadamente delicado, la fuerza debe utilizarse con criterios de racionalidad”, aseveró.

A su vez manifestó su preocupación en torno a las modificaciones en el artículo 222 de la ley 13.318. Este artículo autoriza a la Policía a prestar servicios de vigilancia especial por fuera de su función ya establecida y actualmente el tope es de 50 horas mensuales, mientras que en el nuevo proyecto se plantea ampliar el tope de 50 a 100 horas. Para Del Castillo, “el incremento de horas extras puede derivar en un mal funcionamiento de la Policía por el desgaste que les genera a los funcionarios, y más teniendo en cuenta que estos manipulan armas”, concluyó.

Vigilar y castigar

Las cárceles uruguayas han incrementado su densidad de población año a año desde la década de los ’90, según los datos que proporciona World Prison Brief (WPB). Se trata de una base de datos en línea con información sobre sistemas penitenciarios de todo el mundo.

A Federico Del Castillo le preocupa este incremento: Uruguay tiene 337 personas privadas de libertad cada 100 mil habitantes, según el WPB. Del Castillo, además, agregó que Uruguay se encuentra segundo en Latinoamérica en cuanto al ranking de prisionalización, detrás de Brasil.

En el año 2017 se aprobó un nuevo Código del Proceso Penal, que para Del Castillo fue el “paso de un sistema inquisitivo a un sistema acusatorio, en el que hay más sentencias, más formalizaciones, a través de un juicio abreviado y un juicio oral”. En relación a las medidas alternativas a la privación de libertad, la Oficina de Supervisión de Libertad Asistida (OSLA) es la encargada de coordinar y controlar; tiene 5.300 casos en todo el país y sólo 11 técnicos.

“Entonces la supervisión no es suficiente, hay una priorización de las sentencias con cárcel que reflejan la cifra del aumento de la privación de libertad”, dijo Del Castillo, y añadió: “hay una continuidad de prácticas penales de política criminal que van en línea de fortalecer los mecanismos de control punitivos del delito, y un desplazamiento de prácticas preventivas, más restauradoras, que son las que tienen más evidencia empírica en cuanto a su efectividad”.

En materia del aumento de penas, la INDDHH ya se ha pronunciado: “si se aumentan las penas de forma desproporcionada, queda un sistema penal absolutamente desbalanceado”, explicó el ex viceministro del Interior, y agregó además que “la inflación carcelaria siga aumentando, hará que las cárceles no cumplan la función que se les atribuye en la Constitución, que es intentar la rehabilitación de la persona”.

Samudio argumentó que estamos asistiendo a “una reacción unívoca por parte de este gobierno en materia de seguridad”. Sin embargo, consideró que “no es un quiebre en relación al tipo de medidas que se venían utilizando previamente, y esto tiene que ver con una serie de reformas que los gobiernos anteriores, en particular el último gobierno del Frente Amplio, también promovió, en términos de aumentos de penas y de la legitimidad que se le dio a la Policía a la hora de utilizar la fuerza”.

El 5 por ciento restante

El diputado Iván Posada explicó a SdR que “el Partido Independiente va a acompañar aproximadamente en un 95% la ley, pero donde marcamos más distancias es en algunos artículos nuevos del código penal, como lo son el 4 (resistencia al arresto), el 11 (agravio a la autoridad policial) y el 16 (agresión a trabajadores de la educación, la salud y el transporte y a los bienes afectados a esos servicios)”. Desde el Partido Independiente, consideran que estos delitos ya existen en el código penal vigente y no creen conveniente que se transformen a través de artículos autónomos. Por otra parte, Posada expresó que si bien “no creemos que ninguna de estas normas supongan una mejora en la actual situación de la seguridad pública, no compartimos algunos juicios que señalan que le adjudican una mayor discrecionalidad a la Policía”. Además, sostuvo que “la realidad uruguaya demuestra que se ha sido ineficaz durante los distintos gobiernos en relación al combate de la delincuencia”.

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