La sección de seguridad pública del proyecto de ley urgente consideración (LUC) ha generado disconformidad en diferentes sectores políticos y sociales. Dentro de este apartado, la normativa sobre menores privados de libertad ha sido objeto de críticas y objeciones. Sobresalen las medidas para aumentar las penas y la suspensión del régimen de semilibertad para algunos delitos.

El argumento en el que coinciden diferentes detractores de estas medidas radica en que la propuesta contradice lo establecido en normativas internacionales a las que Uruguay adhiere, y además se contrapone al nuevo paradigma judicial.

Andrea Tuana, directora de la asociación civil El Paso, compareció ante la Comisión Especial que analiza la LUC y expuso un análisis sobre los artículos que a entender del colectivo implican un perjuicio en la vida de mujeres, niños, niñas y adolescentes. “Va en contra de los estándares internacionales en derechos humanos. La Convención de los Derechos del Niño plantea que la reclusión tiene que ser la última medida y el tiempo lo más corto posible”, argumentó en diálogo con Sala de Redacción.

En el documento que El Paso presentó ante la Comisión Especial y al que accedió SdR, se afirma que “las propuestas tienen una fuerte orientación hacia el castigo y no hacia la reinserción social de los y las adolescentes. Prioriza la sanción y lo punitivo aumentando las horas de encierro y despojando a los y las adolescentes de oportunidades y posibilidades de tratamiento, inserción social y propuestas que contribuyan a fortalecer su autoestima, autoconfianza, que promuevan la salud mental y fomenten los lazos familiares y comunitarios durante el proceso de cumplimiento de la pena”.

Federico Barreto, ex director del Instituto Nacional de la Juventud (INJU) e integrante de la comisión “No a la baja” en 2014, dijo a SdR que “hay un incipiente nuevo paradigma judicial que reafirma la necesidad de que la privación de libertad sea la última medida en el caso de los adolescentes. La LUC va por el camino contrario, y esto ha levantado significativas alarmas en la comunidad de operadores de la justicia”.

Los artículos de la discordia

El artículo 74 de la LUC modifica el régimen de semilibertad instituido en el artículo 90 del Código de la Niñez y la Adolescencia. Se propone que para adolescentes que hayan cometido los delitos de violación, abuso sexual especialmente agravado, privación de libertad, rapiña, rapiña con privación de libertad, homicidio intencional y lesiones graves o gravísimas no se podrá aplicar la semilibertad, que implica el “goce de permiso para visitar a su familia o para la realización de actividades externas, de ocho horas de duración, en su beneficio personal, controladas por la autoridad donde se encuentra internado”, según se lee en el artículo.

A su vez, en el artículo 75 de la LUC se planteaba aumentar la duración máxima de privación de libertad, de 5 a 10 años. Fue una de las modificaciones que generó mayor repercusión. Según publicó El Observador, la Cámara de Senadores finalmente decidió que la pena máxima continuará siendo de 5 años, salvo para aquellos que cometan el delito de violación, abuso sexual especialmente agravado, homicidio intencional agravado y muy especialmente agravado, que sí tendrán una pena de 10 años máximo. En el artículo 76, además, se modifica la duración mínima de las penas: de 12 meses pasó a 2 años para los adolescentes que sean privados libertad por secuestro, homicidio intencional con agravantes especiales, lesiones gravísimas, violación y privación de libertad agravada.

Otra de las modificaciones significativas responde a la conservación de antecedentes. En el artículo 77 se establece que para los delitos de violación, abuso sexual, abuso sexual especialmente agravado, privación de libertad, rapiña, rapiña con privación de libertad, homicidio intencional o lesiones graves o gravísimas, los adolescentes que cumplan la mayoría de edad conservarán los antecedentes, y de esta manera, en caso de volver a cometer otro delito, no será considerado primario. Esta normativa suplanta lo formulado en el Código de la Niñez y la Adolescencia, en el que utilizar los antecedentes como “pena accesoria” era decisión del juez al momento de imponer la sentencia.

En la mira

Para Barreto, que el Ministerio del Interior busque implementar por vía parlamentaria lo que “no logró” por democracia directa, representa una “alarma en materia democrática”. “Nuevamente se está intentando recurrir a argumentos que no se sostienen en base a la empiria y en base a desarrollos científicos de los últimos años, que demuestran que si ya en 2014 el problema de la seguridad no era un tema adolescente, hoy lo es muchísimo menos”, señaló.

Según contó, en período de campaña por el “No a la baja”, que buscaba que el plebiscito para bajar la edad de imputabilidad no fuera aprobado, los adolescentes privados de libertad eran alrededor de mil, mientras que ahora son 273. “Es uno de los números más bajos de los que se tenga registro”, aseguró Barreto y agregó: “Estamos diciendo que las propuestas en seguridad se centran en una población que no llega al 3% del problema”.

Denisse Legrand, coordinadora del colectivo Nada crece a la sombra, entiende que hay un importante sector electoral que está afiliado a estas propuestas, pero que las medidas planteadas por la LUC no tienen nada que ver con seguridad. “Lo único que va a generar es mayores niveles de inseguridad, mayores niveles de violencia y sistemas penitenciarios saturados, lo que va a derivar nuevamente en un aumento de la criminalidad, de la letalidad y también de la complejidad del delito”, dijo a SdR.

Además, agregó que históricamente los adolescentes no han sido los responsables de la seguridad, pero se ha construido un discurso público que los posiciona como enemigos, y por este motivo se propone un aumento de penas. “Casi todas las épocas tienen algún adolescente que es el que genera el caso paradigma, que nos hace rediscutir sobre esto”, explicó Legrand.

“Creo que la única urgencia que hay detrás de esta ley es una ideología demagógica, y en buena medida aporofóbica, en donde se intenta poner problemas que no son tales en los jóvenes, en las personas más postergadas y más excluidas. Me gusta decir que el capítulo de seguridad en el contexto general de la LUC es en buena medida una sucesión de “erres”: represivo, regresivo y también restaurador”, concluyó Barreto.

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