Estudiantes, egresados y docentes de la Universidad de la República (Udelar) podrán votar desde las 8.00 hasta las 19.00 de este miércoles 29, según el Reglamento aprobado por la Corte Electoral para las Elecciones Universitarias de 2021. El voto es obligatorio e incluso deberán participar los estudiantes que ingresaron en 2021; únicamente están exentos del deber los mayores de 75 años.

El propósito de esta votación es elegir a los nuevos representantes que integrarán la Asamblea General del Claustro, la Asamblea del Claustro de cada facultad o instituto asimilado y el Consejo de Facultad; estos tres son los órganos del cogobierno que posee la Udelar, según lo estipulado por la Ley Orgánica N° 12.549, que fue aprobada el 16 de octubre de 1958. Cada órgano está conformado por miembros del Orden Estudiantil, Orden de Egresados y Orden Docente. Los candidatos se postulan y pueden ser votados por compañeros y compañeras; de esta manera todos participan de manera directa -como delegados- o de manera indirecta -como votantes- del gobierno de la Udelar.

A pesar de que las votaciones universitarias se realizan cada dos años, la última se celebró el 8 de mayo de 2018. Las que se concretan ahora deberían haberse hecho en 2020 pero se pospusieron tres veces debido a la pandemia causada por el coronavirus.

Celebrar que somos parte

La importancia de esta instancia de votación según sostuvo a Sala de Redacción, la integrante de la Federación de Estudiantes Universitarios de Uruguay (FEUU), Amira Fagúndez, está en la propia “apertura hacia el campo popular”. Agregó que es importante que “cada uno de sus órdenes, elabore proyectos y propuestas sobre cómo debería ser la Universidad, de cómo se va a apostar a trabajar y, de acuerdo a la última situación política y sanitaria del país, ver qué universidad se quiere construir”.

Para Fagúndez la responsabilidad que tienen los estudiantes hace “romper principalmente con pensar que el poder o gobernar una institución es una responsabilidad o un privilegio de algunos pocos”. A su vez, puntualizó que es necesario “tener lógica colectiva de espacios abiertos y de construcción común plural”. Agregó que su rol es poder dinamizar cada vez más gremios estudiantiles para que “el cogobierno no sea solo una etiqueta” sino que “sea realmente la democratización al derecho de poder decidir”.

De igual forma, Juan Bruschi, estudiante de Comunicación de la Facultad de Información y Comunicación (FIC) y candidato a una de las listas del Consejo de Facultad, expresó que participar en las votaciones “no sólo es elegir a los representantes” sino que es además “una defensa en sí misma de la participación en la toma de decisiones de una institución de la que somos una parte esencial”. Por consiguiente mencionó que tanto para la Udelar como para el movimiento estudiantil, las elecciones “constituyen una conquista histórica” ya que “el cogobierno universitario como se conoce hoy en Latinoamérica, fue una reivindicación que surgió del movimiento estudiantil a principios del siglo XX” y se “cristalizó en la Reforma de Córdoba de 1918”.

Julieta Núñez, egresada de la FIC, expresó que todo aquel que culmina una carrera en la Universidad tiene “mucha responsabilidad dentro de la institución”. Asimismo entendió que el hecho de que exista un Orden de Egresados dentro de la estructura de cogobierno significa que “el proceso de formación y de la puesta en práctica de esa formación no es finita” y que quien egresa sigue formándose en el ejercicio y “se sigue relacionado a la casa de estudios desde otro lugar”. “Quienes votan no deberían tomarlo como un trámite sino entender que es algo que nos afecta a todos y todas” puntualizó.

Dónde votar

El Reglamento expresa que la votación deberá hacerse ante alguna de las comisiones receptoras de votos que se instalarán en las distintas localidades del país descritas en los documentos “Plan circuital-Interior” y “Plan circuital- Montevideo” disponibles en el sitio web de la Corte Electoral.

El elector también puede consultar el circuito en el que le corresponde votar con su número de cédula de identidad a través del buscador electrónico que habilitó la Corte Electoral. Quienes se encuentren en localidades en donde no haya comisiones receptoras de votos, pueden hacerlo por correspondencia el día de la votación y dentro del horario establecido en alguna de las oficinas habilitadas por el Correo Uruguayo.

Contenido del sobre de votación y validación

Según el artículo 9 del Reglamento de la Corte Electoral, dentro del sobre de votación debe colocarse una hoja de votación con la lista de candidatos a integrar la Asamblea General del Claustro (compuesta por los nombres de tres docentes, dos egresados y dos estudiantes), otra con la lista de candidatos para integrar la Asamblea del Claustro de la Facultad o Instituto asimilado al que el votante pertenezca (compuesta por los nombres de 15 docentes, 10 egresados y 10 estudiantes), y una tercera, con la lista de candidatos a integrar el Consejo de Facultad o Instituto asimilado respectivo.

Si el sobre no contiene ninguna hoja de votación o el votante utiliza al menos una hoja de votación que no corresponde a la Facultad o Instituto asimilado a Facultad u Orden al que  pertenece, el voto se considerará en blanco. Para ello, es posible consultar previamente la oferta electoral para cada Facultad en el sitio web de la Udelar [https://udelar.edu.uy/portal/elecciones-universitarias/].

Simples roturas o dobleces, según el articulo 39, no serán suficientes para anular el voto, excepto que “por su magnitud o singularidad demuestren la clara intención del votante de violar el secreto del voto”. De igual forma, se considerará no válido si las hojas de votación están “acompañadas de cualquier elemento o cuerpo extraño”, si al menos dos de ellas son “de distinto lema al mismo órgano”, o si más de dos son “idénticas”.

DESDE LA FIC

Hasta agosto de este año, el único gremio estudiantil que iba a presentarse en estas elecciones por el Orden Estudiantil era el Centro de Estudiantes de Información y Comunicación (Ceico) con las listas, 118, 117 y 116, que incluía a alumnos de las tres licenciaturas de la carrera: Archivología, Bibliotecología y Comunicación. Sin embargo, recientemente se postuló la agrupación apolítica Corriente Gremial Universitaria (CGU), que también incluye estudiantes de todas las carreras en sus listas, 21, 22 y 23.

En el caso del Orden Docente, la oferta electoral sólo comprende las listas 202 y 203 con el lema de la Asociación de Docentes de la Universidad de la República (ADUR) afiliada al PIT-CNT. El Orden de Egresados cuenta únicamente con tres listas con el mismo lema: Egresados de Comunicación e Información Integrados. Esta organización se presenta a través de las listas 528, 527 y 526.

Protocolo sanitario

La Udelar en su sitio web describe el protocolo sanitario a respetar durante la jornada de votación. Las principales medidas a tomar son:

– Mantener distancia interpersonal

– Utilizar tapabocas en todas las áreas de uso común (en caso de que el elector concurra sin tapaboca se le ofrecerá uno descartable)

– Usar alcohol en gel

– No cerrar el sobre con saliva Además, las personas que realicen tareas vinculadas a la organización deberán asegurar la higiene y limpieza de las áreas de trabajo y de los baños, y ventilar las instalaciones con frecuencia.

Las mesas de trabajo estarán ubicadas con la mayor distancia posible entre sí y cada Comisión Receptora de Votos contará con un dispensador con alcohol en gel para que el votante, previo a la emisión del sufragio, desinfecte sus manos.

¿Qué sucede si no voto?

Debido a que el voto en las elecciones universitarias es obligatorio, la falta de emisión solo se puede justificar ante la Corte Electoral si el día de las elecciones el votante padeció alguna enfermedad o imposibilidad física, se encontró fuera del país, o se vio imposibilitado por razones de fuerza mayor. De no ser así, el elector será sancionado en función del Orden al que pertenece. Por otro lado, si la razón por la que al votante se le dificulta cumplir con el voto se relaciona con el horario laboral, según el artículo 94 de la Ley 17.113 (Ley de Elecciones), puede solicitar por derecho dos horas laborales para realizar el acto “sin perjuicio de los haberes o jornales que les correspondan”.

De acuerdo a lo establecido en el Reglamento, para los estudiantes esto se traduce a la imposibilidad de rendir exámenes durante los próximos dos períodos consecutivos, y tanto para docentes como para egresados significa el pago de una multa equivalente a cinco unidades reajustables (UR), lo que corresponde a 6.790 pesos. 

Rosalia Gallego y Eliana Pippo

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