La senadora del Partido Nacional Carmen Asiaín impulsa una propuesta que tiene como objetivo asegurar que los practicantes de “minorías religiosas” puedan disfrutar de días de observancia, es decir, fechas especiales para celebrar o recordar un evento significativo dentro de una religión. “El país se quedó con los figurines atrasados para albergar la diversidad religiosa luego de la secularización del Estado”, afirmó la senadora a Sala de Redacción. Asiaín es abogada y ha presidido el Consorcio Latinoamericano de Libertad Religiosa. En busca de respuestas a los reclamos realizados por distintas religiones, la legisladora se ha sentido incentivada a promover este proyecto, que fue trabajado por la Comisión de Población, Desarrollo e Inclusión del Senado.

En contrapartida, la senadora del Frente Amplio (FA), Sandra Lazo, indicó a Sala de Redacción que su fuerza política ha analizado y trabajado el tema con una moción favorable en un principio, pero no comparte que “el marco jurídico que hoy tenemos en nuestro país no sea garantista para que todos podamos profesar la fe en el ámbito privado”.

Vivir una experiencia religiosa

Asiaín sostiene que la problemática está en los ámbitos educativos y laborales, especialmente cuando se trata de feriados móviles por celebraciones religiosas, como en el Año Nuevo Judío o el Día del Perdón. La solución que plantea el proyecto es que el trabajador que quiera ausentarse por motivos de este tipo pueda hacerlo mediante un acuerdo con el empleador. “Se otorgará el goce del día solicitado y el empleado lo compensará mediante el cumplimiento de horas extras, o trabajando otro día en que los demás empleados no trabajen”, explicó la senadora.

A nivel educativo, el problema lo tienen especialmente judíos ortodoxos y adventistas del séptimo día, que a los feriados móviles suman los sábados como días sin actividad. Asiaín declaró que “hay gente que emigró para poder vivir su fe en otro lado, donde sí se les respetara no tener que concurrir el sábado, y otros que en la Udelar  [Universidad de la República] realizaron la carrera libre”. Por tanto, considera que a nivel de ANEP el proyecto daría marco legal a algo que ya existe y se pone en práctica. 

Por su parte, Lazo opina que, según un informe emitido por la ANEP, una ley de estas características sería de muy difícil aplicabilidad, y destaca que lo importante es la capacitación, sobre todo en un Estado laico. Como respaldo, cita el artículo 17 de la Ley General de Educación. De todas maneras, en Uruguay hay instituciones educativas en todos los niveles que responden a cultos religiosos y tienen establecidos sus días de asuetos extra, que se les confieren para conmemorar sus festividades religiosas.

La postura del FA se fundamenta en el largo proceso de secularización del Estado uruguayo, que comenzó a mediados del siglo XIX y fue aprobado en la constitución de 1918. Al consolidarse como laico, el país garantiza a través de su marco normativo (especialmente por lo estipulado en el artículo 5 de la Constitución) la libertad de cultos. Esto significa que no se persigue a nadie por practicar una religión, sea cual sea. No obstante, Lazo resaltó que si bien tenemos esa libertad, el Estado no tiene por qué hacerse cargo de los días en los que las personas, en el ámbito privado, establecen sus jornadas de observancia.

Hecha la ley, hecha la trampa

Nicolás Iglesias, licenciado en Trabajo Social y maestrando en Historia Política, señaló a SdR que “los feriados en Uruguay fueron secularizados durante las reformas del batllismo”. Estos coinciden con celebraciones cristianas como Navidad, Día de Reyes y Semana Santa, que actualmente son el Día de la Familia, el Día del Niño y la Semana de Turismo, respectivamente. Por este motivo, entiende que la propuesta de Asiaín ofrece una perspectiva diferente a la visión hegemónica de la laicidad actual, heredada precisamente del batllismo. Esto se debe a las diversas interpretaciones que pueden tenerse sobre ese concepto.

Iglesias manifestó que la principal dificultad del proyecto radica en su aplicabilidad, ya que el Estado carece de la estructura y los mecanismos institucionales necesarios para implementarlo. Actualmente, no existe un organismo o dirección encargados de definir qué constituye un culto religioso. Por lo tanto, no hay registros disponibles. Contar únicamente con la buena fe del practicante para otorgar días de observancia móviles no sería adecuado, ya que el Estado carece de esta información debido a su política de abstención y neutralidad hacia los cultos religiosos. Aun así, y pese a la negativa de la oposición, el 4 de junio la Cámara de Senadores aprobó el proyecto, que deberá ser tratado ahora en la Cámara de Diputados.

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